El Ministerio de Minas y Energía de Colombia derogó mediante resolución la normativa que delimitaba los distritos mineros. La medida comprendió 15 distritos mineros.
Estos distritos nacieron mediante 15 resoluciones expedidas durante la administración Petro. Fueron creados por el artículo 231 de la Ley 2294 de 2023 y reglamentados por el Decreto 977 de 2024.
El Ministerio sostuvo que los distritos no mostraron resultados tangibles en diversificación productiva, reconversión laboral ni calidad de vida después de dos años de aplicación. Según el Ministerio, catorce de los 15 distritos se declararon en 2026 sin un fortalecimiento institucional equivalente. Los Planes Estratégicos de Gestión de los distritos nunca terminaron de formularse ni adoptarse.
Según el Ministerio, en el texto de la resolución 40579 de 2026, los actos derogados no establecieron vigencia, extensión máxima, reglas de modificación ni transición para proyectos en curso. La falta de esas reglas generó incertidumbre entre titulares mineros y solicitantes de concesión, incluso en municipios vecinos. El Ministerio señaló que las delimitaciones no se articularon con los planes de ordenamiento territorial, cuya competencia corresponde a los concejos municipales. Afirmó además que los distritos buscaban sustituir una actividad que sostiene regalías y empleo sin acreditar alternativas productivas ciertas, financiables y técnicamente viables.
Los títulos mineros vigentes y las solicitudes de concesión en trámite siguen regidos por el Código de Minas. La derogación no desconoce los acuerdos protocolizados con comunidades del Bajo Cauca antioqueño y el Norte del Cauca. El Ministerio aclaró que mantendrá en esos territorios las acciones de formalización, asistencia técnica y fortalecimiento asociativo.
La Agencia Nacional de Minería tendrá 30 días para suprimir del Catastro Minero las capas asociadas a los distritos.
